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Servicios
Comedor escolar

 

COMEDOR ESCOLAR.

Información sobre el comedor escolar

El Servicio de Comedor viene regulado por:

DECRETO 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León.(BOVCyL 19 de marzo).

La ORDEN EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar. (BOCyL, 2 de mayo).

La  ORDEN EDU/286/2015, de 6 de abril, por la que se crean y regulan las comisiones provinciales de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León.(BOCyL 15 de abril).

 

 El Comedor escolar de nuestro Centro, responde a la finalidad educativa de contribuir al necesario desarrollo o educación de nuestros alumnos en un aspecto básico como es la adecuada alimentación para esta edad de crecimiento.

Da, así mismo, respuesta a la demanda social  tratando de conciliar la vida laboral con la vida familiar (atención a los alumnos cuyos padres, por motivos de trabajo, tienen dificultad para atenderlos a mediodía).

 La alimentación constituye uno de los temas más importantes con los que se enfrentan los responsables de los niños en edad escolar; además, el hecho de que los hábitos que se adquieren en la infancia tienden a persistir toda la vida, hacen al comedor escolar un lugar idóneo para tratar de inculcar una cultura nutricional.

 Es importante tener en cuenta que nutrir adecuadamente es algo más que proveer de alimentos suficientes para el crecimiento del cuerpo, hay que atender las necesidades de los alumnos, que están condicionadas por el ritmo de crecimiento del organismo y el desarrollo o adquisición de funciones.

 La modalidad de este servicio en nuestro Centro será mediante contratación con una empresa del sector.

 OBJETIVOS GENERALES.

 Los objetivos que nos proponemos conseguir en este Centro, dentro de la actividad del comedor escolar son: 

  • Desarrollar la adquisición de hábitos sociales, normas de urbanidad y cortesía y correcto uso y conservación de los útiles de comedor.
  • Fomento de las actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia.
  • Actividades que desarrollen hábitos de correcta alimentación e higiene en la infancia y adolescencia.
  • Actividades que fomenten actitudes de ayuda y colaboración entre los compañeros, prestando especial atención a los más pequeños y en las labores de puesta y recogida del servicio, a través de la figura del responsable de mesa.
  • Actividades de expresión artística y corporal que contribuyan al desarrollo psicológico, social y afectivo de los alumnos.
  • Actividades de libre elección y lúdicas que contribuyan al desarrollo de la personalidad y al fomento de hábitos sociales y culturales.

 OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 

  • Proporcionar a los comensales una alimentación completa, mediante unas minutas equilibradas y racionales que aporten al niño lo necesario para su normal desarrollo.
  • Crear hábitos de buena educación e higiene en la mesa, antes, durante y después de la comida.
  • Desarrollar actitudes de cooperación en tareas establecidas.
  • Acostumbrarles a comer de todo. (Con frecuencia lo que más gusta no es lo más nutritivo ni lo más conveniente para el organismo).
  • Habituar a comer despacio porque ello facilita una buena digestión.
  • Aprender a utilizar correctamente los cubiertos.
  • Compartir la mesa hablando, sin gritar.
  • Fomentar el espíritu de servicio a los demás a través de tareas compartidas y rotatorias.
  • Adquirir destrezas y sano espíritu lúdico y deportivo a través de las distintas actividades llevadas a cabo en el tiempo libre.

 USUARIOS DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR.

 a.- Además de los alumnos que tienen derecho, en todo caso, a la prestación gratuita del servicio de comedor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Orden EDU/1752/2003, de 19 de diciembre, todos los alumnos podrán solicitar la utilización del servicio de comedor. En el caso de que existiese mayor número de solicitudes que plazas en éste, se atenderá al siguiente orden de prioridad: 

  • 1º Los alumnos con derecho a la prestación gratuita total o parcial del servicio de comedor, por tener una situación económica y socio-familiar desfavorable de acuerdo con los criterios que se establecen en el artículo siguiente.
  • 2º Otro alumnado del centro.
  • 3º Personal docente y no docente que preste sus servicios en el centro.

 b.- Para poder hacer uso del servicio de comedor es imprescindible rellenar la solicitud de inscripción.

 c.-En la modalidad de habitual, la inscripción se hará una sola vez, sirviendo para todo el curso.

 d.-Tanto en la modalidad de habitual como en la de esporádico, será preciso comunicar el alta y la baja del Servicio de comedor, con la antelación y mecanismo que establece la normativa.

 e.- En el caso de tener alguna alergia alimentaria o régimen de alimentación especial, debe de comunicarlo y adjuntar certificado médico que lo acredite.

 Durante el desarrollo del Servicio de Comedor, las normas que rigen,  son las mismas que durante el periodo lectivo, en cuanto al cuidado de la instalación o mobiliario. Así como las referidas al comportamiento de los alumnos con respecto a los compañeros o con respecto a las personas responsables del Programa.

 f.- La recogida de los alumnos por parte de los padres o tutores, se realizará de forma breve,  tratando de no interferir en la marcha y funcionamiento del Servicio. Los padres o tutores accederán al Centro por la puerta del patio donde se encuentra la pista polideportiva. Si vienen a buscarles en coche el niño no saldrá al toque del claxon.

 g.-Los alumnos no podrán marcharse solos a sus domicilios, sin la  autorización  firmada por los padres. Dicha autorización la proporcionará la monitora del servicio de comedor.

 h.- En el caso de que los padres recojan a sus hijos/as antes de finalizar el periodo del servicio de comedor, deberán respetar las horas que a continuación se detallan y efectuar la espera hasta ese momento en el patio del Colegio: Septiembre y resto del curso a partir de las 14,45h, excepto el mes de junio podrá ser a partir de las 13,45 h.

 i.-Si un alumno no va asistir al comedor por encontrarse enfermo u otras circunstancias, tendrá que comunicarlo al 012 antes de las 9.30h. Si no lo hace, tendrá que abonar el coste del servicio.

 j.-El coste diario del servicio deberá correr a cargo de sus usuarios, excepto en los casos en que tengan derecho a esta prestación de forma gratuita.

 k.- El impago de las cuotas por parte de los comensales será causa de pérdida del derecho a la utilización del servicio de comedor.

 l.-El personal docente y no docente del centro podrá utilizar el servicio de comedor, mediante el pago del importe del cubierto.

 m.-Los padres podrán solicitar el uso del comedor para sus hijos ocasionalmente previa solicitud de comensal esporádico.

Para más información sobre el funcionamiento del comedor, podrán consultar  https://comedoresescolares.jcyl.es/

 CUIDADORES Y PERSONAL DE ATENCIÓN A LOS ALUMNOS

 1.- La atención educativa, apoyo y vigilancia de los alumnos comensales será efectuada  por cuidadores aportados por la empresa adjudicataria del servicio.

 2.- Los cuidadores se encargarán de la orientación en materia de educación para la salud, de adquisición de hábitos sociales y de una correcta utilización y conservación del menaje de comedor y cuantas otras actitudes tiendan a la vigilancia, cuidado y dinamización de los alumnos.

 3. - Será misión suya recoger a los alumnos de infantil, 1º y 2º de E.P. en sus respectivas clases y llevarlos al comedor escolar.

 4. - Los cuidadores aportados por la empresa adjudicataria deberán desarrollar, tareas de vigilancia y atención. Además diseñarán actividades de ocio y entretenimiento para los alumnos, hasta que sean recogidos por sus responsables.

 5. – El número de cuidadores para atención a los alumnos en el servicio de comedor y recreos anterior y posterior, queda fijado de la siguiente manera:

 –        Un cuidador por cada veinticinco alumnos comensales o fracción superior a quince de Educación Primaria.

 –        Un cuidador por cada quince alumnos comensales o fracción superior a diez de Educación Infantil. 

ELABORACIÓN DE LAS COMIDAS.

1. – Los menús son aprobados por la Consejería y el Director de empresa y se adecuarán a las necesidades del alumno para alcanzar el correcto equilibrio dietético, cuidando de la variedad y la presentación de los alimentos y siguiendo las directrices generales desarrolladas en el Anexo IV de la orden antes mencionada.

 2. – Los padres recibirán información sobre los menús con una periodicidad al menos mensual.

3.– El menú será el mismo para todos los comensales sin que proceda admitir ningún tipo de extra, salvo menú especial o de régimen para atender a los alumnos que, mediante los correspondientes certificados médicos, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos que perjudiquen su salud.

 USO DE LAS INSTALACIONES POR EMPRESAS ADJUDICATARIAS.

 La empresa de servicio o el personal laboral contratado para la elaboración y manipulación de los alimentos se encargará de la limpieza del comedor como del resto de espacios que sean de su utilización.

HORARIO DE COMEDOR ESCOLAR.

 El horario de comedor escolar será de 14 a 16 horas.

 NORMAS.

 DERECHOS DE LOS COMENSALES

A todos los usuarios del comedor escolar les asisten los siguientes derechos:

 

  • 1.- Conocer con la debida antelación los menús a servir en el comedor.
  • 2.- Disfrutar de un trato correcto por parte del personal adscrito al comedor.
  • 3.- Recibir la cantidad de comida adecuada a su edad.
  • 4.- Recibir un menú adaptado, cuando así lo requieran sus creencias religiosas o haya prescripción médica.
  • 5.- Utilizar las dependencias del centro necesarias para realizar las actividades programadas en el periodo de comedor.
  • 6.- Los padres o tutores de los alumnos, cuando consideren que estos derechos no son respetados deberán  hacer la reclamación oportuna ante el Director del centro o persona responsable del servicio. 

DEBERES DE LOS ALUMNOS

  • 1.- No se podrá acceder al comedor escolar si no se ha asistido a clase.
  • 2.- Los alumnos que hacen uso del comedor escolar deben comer de todas las comidas y en las cantidades que se les sirvan, que serán acordes a su edad.
  • 3.- A partir de 2º curso de primaria los alumnos recogerán su comida en bandejas y las devolverán una vez finalizada la comida. A los alumnos de cursos inferiores les servirán la comida y ayudarán los monitores.
  • 4.- Antes de entrar al comedor todos los alumnos deberán lavarse las manos y asearse.
  • 5.- Los alumnos de 5º y 6º de primaria tienen la obligación de colaborar en el servicio y orden de su mesa.
  • 6.- El alumnado de comedor permanecerá en el recinto escolar durante el tiempo que dura el servicio. Ningún alumno podrá abandonar el recinto, si no lo ha solicitado previamente y va acompañado por los padres o responsables del mismo.
  • 7.- Los alumnos no podrán desplazarse libremente por las dependencias del colegio. Sólo podrán acceder  a aquellas que se les indique.
  • 8.- Se debe respetar el material, las dependencias, paredes, mobiliario, jardines, arbolado, etc.
  • 9.- Los alumnos deben observar un comportamiento solidario, correcto y respetuoso con los demás compañeros. No se permitirán peleas, ofensas ni trato desconsiderado con los demás.
  • 10.- Todos los comensales deben guardar el debido respeto y seguir las indicaciones de los monitores o personas encargadas del servicio de comedor.  

 Actualmente, el Centro cuenta con servicio de comedor gestionado por la empresa ARAMARK. Este servicio se inicia cuando finalizan las clases. Una monitora recoge a los niños y los conduce al comedor. Después de comer realizan actividades en el centro o en el patio, dependiendo de las condiciones meteorológicas.

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